CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 2006 - 2008
 

CAPÍTULO SEGUNDO

Zonas, Departamentos, Secciones y Puestos

CLÁUSULA 18.- REPRESENTANTES O INTERMEDIARIOS DE LUZ Y FUERZA.- No quedarán incluidos en las prescripciones de este Contrato, por considerarse puestos de Representantes o de Intermediarios de LyF, los siguientes:
Abogados del Departamento de Trabajo
Auxiliar Administrativo del Gerente de Construcción
Auxiliar del Contralor General
Auxiliar del Gerente de Distribución y Transmisión
Auxiliar del Gerente de Planeación e Ingeniería
Auxiliar de la Gerencia de Producción
Auxiliares del Gerente de Producción
Ayudante del Director General y Apoderado General
Contralor de Auditoria
Contralor de Contabilidad
Contralor de Propiedades
Contralor General
Director General
Director General de las Tiendas de Consumo Para Trabajadores del Sector Eléctrico
Gerente Administrativo
Gerente Comercial
Gerente de Construcción
Gerente de Distribución y Transmisión
Gerente de Personal
Gerente de Planeación e Ingeniería
Gerente de Producción
Gerentes de Sucursales
Gerente Técnico
Jefe de Archivo y Correspondencia
Jefe de Conservación de Propiedades
Jefe de Control
Jefe de Cuentas Especiales
Jefe de Distribución Ciudad
Jefe de Información
Jefe de Máquinas
Jefe de Presupuestos a Consumidores
Jefe de Procedimientos
Jefe de la Sección de Sucursales
Jefe de la Sección Médica
Jefe del Departamento de Máquinas Electrónicas y Procedimientos
Jefe del Departamento de Nóminas
Jefe del Departamento de Personal
Jefe del Departamento de Relaciones Industriales
Jefe del Departamento de Trabajo
Jefe del Departamento Jurídico
Médico
Oficial Mayor de la Contraloría General
Oficial Mayor de la Gerencia Comercial
Oficial Mayor de las Gerencias Técnicas
Secretaria Particular del Gerente Técnico
Secretario del Subdirector General
Subcontralor General
Subdirector General
Subgerente Civil
Subgerente Comercial de Agencias Foráneas
Subgerente Comercial de Cuentas Especiales
Subgerente Comercial de Estudios Económicos
Subgerente Comercial de Sucursales
Subgerente de Abastecimientos
Subgerente de Electrificación y Transmisión
Subgerente de Inspección
Subgerente de Personal
Subgerente de Servicios
Subgerente Eléctrico
Subgerente Mecánico
Subjefe del Departamento de Trabajo
Superintendente del Departamento de Necaxa
Superintendente del Departamento de Pachuca
Superintendente del Departamento de Toluca
Superintendente General del Taller Automotriz y Transportes
Tesorero.

Todos los puestos de dirección o de administración que se crearen en lo futuro, no quedarán incluidos en las prescripciones de este Contrato, siempre y cuando puedan ser, como los anteriores, considerados como de Representantes o de Intermediarios de LyF, de conformidad con lo estatuido en los Artículos 10, 11, 12 y 13 de la Ley Federal del Trabajo, ni podrán, para los efectos del Contrato Colectivo, ser admitidas en el Sindicato las personas que los ocuparen, conforme lo dispone el Artículo 363 de la citada Ley.

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