CLÁUSULA 18.- REPRESENTANTES O INTERMEDIARIOS DE LUZ Y FUERZA.

No quedarán incluidos en las prescripciones de este Contrato, por considerarse puestos de Representantes o de Intermediarios de LyF, los siguientes:

Abogados del Departamento de Trabajo

Auxiliar Administrativo del Gerente de Construcción

Auxiliar del Contralor General

Auxiliar del Gerente de Distribución y Transmisión

Auxiliar del Gerente de Planeación e Ingeniería

Auxiliar de la Gerencia de Producción

Auxiliares del Gerente de Producción

Ayudante del Director General y Apoderado

General

Contralor de Auditoría

Contralor de Contabilidad

Contralor de Propiedades

Contralor General

Director General

Director General de las Tiendas de Consumo para Trabajadores del Sector Eléctrico

Gerente Administrativo

Gerente Comercial

Gerente de Construcción

Gerente de Distribución y Transmisión

Gerente de Personal

Gerente de Planeación e Ingeniería

Gerente de Producción

Gerentes de Sucursales

Gerente Técnico

Jefe de Archivo y Correspondencia

Jefe de Conservación de Propiedades

Jefe de Control

Jefe de Cuentas Especiales

Jefe de Distribución Ciudad

Jefe de Información

Jefe de Máquinas

Jefe de Presupuestos a Consumidores

Jefe de Procedimientos

Jefe de la Sección de Sucursales

Jefe de la Sección Médica

Jefe del Departamento de Máquinas

Electrónicas y Procedimientos

Jefe del Departamento de Nóminas

Jefe del Departamento de Personal

Jefe del Departamento de Relaciones Industriales

Jefe del Departamento de Trabajo

Jefe del Departamento Jurídico

Médico

Oficial Mayor de la Contraloría General

Oficial Mayor de la Gerencia Comercial

Oficial Mayor de las Gerencias Técnicas

Secretaria Particular del Gerente Técnico

Secretario del Subdirector General

Subcontralor General

Subdirector General

Subgerente Civil

Subgerente Comercial de Agencias Foráneas

Subgerente Comercial de Cuentas Especiales

Subgerente Comercial de Estudios

Económicos

Subgerente Comercial de Sucursales

Subgerente de Abastecimientos

Subgerente de Electrificación y Transmisión

Subgerente de Inspección

Subgerente de Personal

Subgerente de Servicios

Subgerente Eléctrico

Subgerente Mecánico

Subjefe del Departamento de Trabajo

Superintendente del Departamento de Necaxa

Superintendente del Departamento de Pachuca

Superintendente del Departamento de Toluca

Superintendente General del Taller

Automotriz y Transportes

Tesorero.

Todos los puestos de dirección o de administración que se crearen en lo futuro, no quedarán incluidos en las prescripciones de este Contrato, siempre y cuando puedan ser, como los anteriores, considerados como de Representantes o de Intermediarios de LyF, de conformidad con lo estatuido en los Artículos 10, 11, 12 y 13 de la Ley Federal del Trabajo, ni podrán, para los efectos del Contrato Colectivo, ser admitidas en el Sindicato las personas que los ocuparen, conforme lo dispone el Artículo 363 de la citada Ley.

CII-C17 Indice CII-C19